Una medida que busca impulsar la recuperación de mypes, sobre la cual existen puntos de vista a favor y en contra.
El día viernes 12 de Agosto del presente año, el Gobierno peruano promulgó la Ley Nº 31556, la cual indica: «Establecer una tasa especial y temporal de impuesto general a las ventas (IGV), denominado “8% del IGV para Rescatar el Empleo”, para las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles, alojamientos turísticos, servicios de catering y concesionarios de alimentos, con la finalidad de apoyar la reactivación económica de este gran segmento económico empresarial, que ha sufrido un impacto devastador como consecuencia de la pandemia por covid-19, con la finalidad de viabilizar la supervivencia y evitar el cierre de estas actividades».
Dicha ley, entrará en vigencia desde el primer día del mes siguiente al de su publicación, hasta el día 31 de diciembre del año 2024.
Así también, se indica que, “La actividad principal para los fines de la presente ley comprende a los sujetos de las actividades señaladas en el párrafo anterior cuyos ingresos por ventas o prestación de servicios de dichas actividades representan por lo menos, el 70 % de sus ingresos”
Esta iniciativa busca impulsar la reactivación de las mypes tras el gran impacto económico que tuvieron debido a la pandemia y evitar un inevitable cierre. Dado que, de acuerdo con la Asociación de Restauradores y Afines del Perú (Armap), más de 100 mil restaurantes han quebrado habiéndose perdido aproximadamente un millón de puestos de trabajo por la crisis ocasionada por el Covid-19
APROBACIÓN
La reducción de IGV para las empresas turísticas fue una de las propuestas planteadas por el Ministerio de Comercio exterior y Turismo (MINCETUR) en el Plan de Emergencia del Sector Turismo, en el pasado mes de mayo
Con proyección a que, con la aprobación de esta norma, el número de puestos de trabajo directos e indirectos pertenecientes al sector turismo se recuperen a niveles prepandemia en dos años hasta el 2024
Asimismo, de acuerdo a la plataforma digital del Gobierno, una nota nos muestra que, medidas similares se han aprobado y aplicado en otros países, como Colombia en Latinoamérica y en la Unión Europea (Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Republica Checa, Alemania, Grecia), así como Moldavia, Montenegro, Noruega, Turquía y Reino Unido; lo cual podría indicar una guía para la creación y aplicación de esta medida en el país basandose en la experiencia previa.
OPOSICIÓN
Sin embargo, La Sociedad de Comercio Exterior del Perú (ComexPerú), se pronunció en contra de esta medida, considerando que no beneficiará a 200,000 micro y pequeñas empresas como restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos
Dado que, de 114,000 contribuyentes pertenecientes a dichos rubros que presentaron al menos una declaración de impuestos en 2021, más del 50% (62,000 empresas) no pagan IGV, debido a que pertenecen al RUS: Régimen Único Simplificado, por lo que dicha medida beneficiaría a empresas de gran tamaño, resaltando además el alto costo fiscal que conlleva esta decisión por un monto de S/ 460 millones al año
Planteamiento que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) también defiende, expresando que, «Una reducción en la tasa de IGV distorsiona y dificulta su aplicación, haciendo más complicado el sistema tributario (al generar tres regímenes adicionales) e incentiva el “enanismo” empresarial, así como la informalidad»
PROPUESTAS
Es así que, ComexPerú, propuso establecer mejores disposiciones para lograr el objetivo inicial de impulsar la recuperación del turismo, destacando entre ellos la urgencia de agilizar los procesos de inversión en los aeropuertos regionales, mejorar los accesos al Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, realizar la promoción de ‘Destino Perú’ en el extranjero, entre otros.
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