La Super Intendencia Nacional de Administración Tributaria, modificó el Decreto Legislativo 943, Ley del Registro Unico de Contribuyentes, así como otra normativa vinculada a dicho registro.
Estas acciones forman parte de un cambio en la estrategia, con el objetivo de simplificar e impulsar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, antes de sancionarlas; señala el Jefe de Sunat, Luis Vera.
De este modo, todas las personas que obtengan un beneficio económico gracias a la venta de bienes y/o servicios a través de Redes Sociales como:
- Correos electrónicos
- Youtube
- Patreon
- Aplicaciones móviles
- Onlyfans
- Entre otros
Deberán iniciar a mostrar el RUC del vendedor, el cual deberá ir obligatoriamente acompañado del nombre o razón social respectivo. De igual modo, realizar las declaraciones correspondientes de acuerdo al régimen tributario al que pertenece.
En este proceso, no sólo se encuentran obligadas empresas, sino también, «influencers», quienes de acuerdo con la definición de Sunat, son aquellas personas naturales que obtienen pagos, sea en dinero o en especie, por producir y difundir contenido publicitario en sus redes sociales. Incluyendo ingresos por sus seguidores, por dar acceso de manera anticipada a cierto contenido, por introducir publicidad en videos o contenidos digitales.
SUNAT sostiene que, todas las personas que se encuentren en esta clasificación, deberán pagar el Impuesto a la Renta de Tercera Categoría, es decir, el 29.5% de los ingresos obtenidos gracias a la monetización del canal o plataforma digital en la que interactúan con sus seguidores.
Resaltando que, quienes no presenten la declaración respectiva dentro del plazo establecido, serán sancionados con una multa.
¿Cómo se lleva a cabo este proceso?
SUNAT, tiene la capacidad para detectar actividades inusuales o transacciones que se den a través de redes sociales y no estén declarando los impuestos correspondientes. En el momento que esto sucede, lo que se procede a realizar según el caso es:
1. Actividades Inusuales: Se envían alertas a los contribuyentes
“Cuando yo veo que el contribuyente emite un comprobante de pago entre S/ 1,000 y S/ 5,000 y de pronto emite uno por S/ 200,000, le mandamos un mensaje al contribuyente y le decimos que revise el comprobante de pago porque creo que no guarda relación con lo que tú emites, y lo corrige”, afirma Vera, Jefe de Sunat.
2. Transacciones por Redes Sociales: Se envían alertas a los usuarios
“Le decimos: por si acaso ya te vi, esas ventas las tienes que declarar”, añade Vera.
Otra situación que podría presentarse es que, personal de SUNAT realice una compra online en la cual no reciba un comprobante y de este modo el infractor recibirá una multa, el cierre del local o autorización para realizar el negocio online
¿Por qué es tan importante pertenecer a un Régimen Tributario para la emisión de comprobantes electrónicos?
Es necesario estar muy bien informados acerca del volumen de transacciones que se maneja cada mes, de esta forma conocer cuál es el régimen al que mejor se adecua cada uno y de manera voluntaria realizar el trámite correspondiente.
Si las operaciones no son por montos grandes, es posible inscribirse al RUS, realizando el pago de 20.00 nuevos soles. Pero, si Sunat lo detecta, será inscrito al Régimen General y deberá realizar el pago de 29.5% de Impuesto a la Renta.
“El comprobante de pago electrónico es una herramienta poderosísima, pues nos permite tener información al detalle de todo lo que compra Juan, cuántas cervezas compró el fin de semana, qué medicinas usa, cuántos hoteles ha visitado (…).» expresó Vera a un auditorio de micro y pequeños empresarios reunidos en la Cámara de Comercio de Lima.
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